A partir de febrero de 2012, Bogotá estableció mediante decreto el derecho a un mínimo vital de agua, un derecho reconocido por las Naciones Unidas. El decreto establece que para los estratos 1 y 2, los primeros 12m3 consumidos en cada periodo de facturación serán suministrados de forma gratuita. A partir de dicho consumo se aplicarán las tarifas habituales para dichos estratos. Esta cuota supone una asignación gratuita de unos 50 litros por persona y día.
¿Se trata de una medida adecuada y justa? Pueden leer el artículo que escribí al respecto en URB.IM.
